CIAE apoya la reivindicación de los autónomos de temporada, nos adherimos en su petición al Gobierno para que se corrija la normativa y ese colectivo pueda percibir la prestación del cese de actividad. Diez meses después del estallido de la pandemia, miles de autónomos dedicados a actividades de temporada llevan muchos meses inactivos, en situación de colapso económico. Son autónomos que desempeñan también una labor esencial llevando sus negocios de forma ambulante, recorriendo los pueblos de España, suministrando todo tipo de productos.

Una de las causas principales del problema se sitúa en la redacción de la normativa  porque la definición que en los diferentes reales decretos hace el Gobierno de lo que es un autónomo de temporada es incorrecta. Ese colectivo exige cambios para poder acceder a la prestación y se modifique la definición de “autónomo de temporada”.

Nos han explicado: Se ha elaborado una norma con el fin de apoyar a los autónomos de temporada que no está proporcionándoles ningún tipo de resultado. El concepto que se aplica es excluyente para la mayoría del sector… hay personas que con sólo cuatro meses cotizados están pudiendo beneficiarse de la medida, mientras que otras que llevan ocho meses, no. Y todo porque no estaban dadas de altas en las fechas establecidas”.

La redacción de la normativa establece que “… se consideran trabajadores de temporada aquellos autónomos cuyo único trabajo a lo largo de los últimos dos años se hubiera desarrollado en el RETA”. Y, muy importante, “durante los meses de junio a diciembre de 2018 y 2019 siempre que, de haber estado de alta en un régimen de seguridad social como trabajador por cuenta ajena, esta alta no supere los 120 días a lo largo de esos dos años”.

Es decir, que para ser beneficiario del cese de actividad para autónomos de temporada habría que haber estado de alta y cotizando como trabajador por cuenta propia al menos durante cuatro meses y que estos fueran de junio a diciembre de cada uno de los años 2018 y 2019.

Estos autónomos dicen que se trata de unas fechas que no coinciden con la “temporada real» de su actividad y que únicamente han podido acceder a la prestación aquellos que han tenido la suerte de caer en el espacio marcado por el Gobierno.